Opinión
Democracia

El derecho constitucional a la resistencia

Abel Ruiz, director jurídico de la Coordinadora Andina de los Derechos Humanos (CADHU-Ecuador).

Por Abel Niquinga Ruiz (*)

Por natura, reza en la consciencia política del ser humano un epitafio perpetuo: la dignidad, conjugada de thymós (carácter, derecho a ser reconocido).

Quienes ostentan la propiedad privada sobre los medios de producción suelen "instituir" de forma "jurídica" mecanismos de dominación contra la dignidad de los seres humanos (considerados aún, como res parlantes o famulus).

Como deber político, en la lectura de "Huasipungo", "El indio ecuatoriano", "El yugo feudal", "Ecuador: una nación en ciernes", "La moral teológica", "El poder político en el Ecuador", "García Moreno, el santo del patíbulo", "El dilema de América Latina", "El cerebro del mundo", "Imperio e imperialismo", "El desafío neoliberal", "Huairapamushcas" y "El proceso de dominación política en el Ecuador" (solo por mencionar algunos), se advierte la construcción de la superestructura e infraestructura del Estado (status), especialmente, la forma de administrar la cuenta única del tesoro nacional y, la conservación del ius puniendi y el ius piaculum (derecho a castigar o penar y derecho a expiar las culpas mediante el "sacrificio" o santo oficio o juicio de dios; también se conoce como derecho penal y derecho penitenciario).

Los tributantes (ciudadanía), tienen derecho a la insurgencia social o derecho a la resistencia , cuando sus tributos, no se invierten conforme al "contrato social" (Constitución o norma suprema), y esto se siente: en un sistema de salud con insuficientes herramientas y medicinas; disminución de la capacidad adquisitiva de las remuneraciones ante los altos precios de la canasta básica familiar; restricción en acceder a la educación superior; límites a los créditos de inversión por los altos intereses; reducción del presupuesto para la educación; precarización del derecho al trabajo a través de las reformas laborales; criminalización de los derechos de libertad bajo el argumento de cuidar la seguridad del Estado; promoción estructural de los niveles de violencia para mantener el síndrome de inseguridad social, y justificar la violencia (intervención) del Estado (asesinatos carcelarios, sicariatos, robos, drogas, agresiones sexuales); aplicación de un "libre mercado" sin atender el sistema productivo de la Nación (agricultura, pesca, artesanías, manufacturas...); ausencia de obras de infraestructura de servicios básicos en distintas zonas de habitabilidad (alcantarillado, agua potable, pavimentación o adoquinado de vías, luz eléctrica, teléfono o internet); desvalorización o depreciación de los activos de las empresas públicas con el objetivo de " concesionar " a capitales privados; imposición de tributos sin justificación del origen económico; ausencia de seguridad jurídica en la administración de justicia; colusión, cohecho y peculado en el sistema de contratación pública; endeudamiento externo injustificado...

La resistencia o insurgencia, es un derecho político, es un derecho humano; si el Estado, a través del gobierno, decreta el estado de excepción para salvar la "democracia", sin responder a sus propios compromisos -que yacen en el Consejo Nacional Electoral-, violenta los derechos de libertad e incurre en grave violación a los derechos humanos y en delito de lesa humanidad.

(*) Director jurídico de la Coordinadora Andina de los Derechos Humanos (CADHU-Ecuador).

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