Analizan si el policía que abatió a un presunto delincuente actuó bajo legítima defensa o uso legal de la fuerza
El caso ocurrido el pasado 19 de mayo en el sector de Cotocollao, al norte de Quito, abrió un fuerte debate jurídico sobre los límites del uso legítimo de la fuerza por parte de efectivos policiales durante procedimientos vinculados a delitos armados.
Según informó la Policía Nacional del Ecuador, el hecho se registró en las calles Sabanillas y Juan Domingo, donde varios ciudadanos armados habrían intentado robar un vehículo, agrediendo además al conductor y causando daños al automotor.
DELINCUENTE ABATIDO DURANTE INTENTO DE ROBO DE VEHÍCULO EN QUITO
— Policía Ecuador (@PoliciaEcuador) May 20, 2026
En el sector de Cotocollao, norte de #Quito, varios ciudadanos armados habrían intentado sustraer un vehículo, agrediendo al conductor y causando daños al automotor.
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La institución señaló que, frente a una amenaza inminente, un agente policial hizo uso legítimo de la fuerza. Como consecuencia del operativo murió Diego P., quien, de acuerdo con la Policía, tenía antecedentes por robo y tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización.
A través de un comunicado, la fuerza de seguridad sostuvo que su actuación se enmarca en el respeto a los derechos humanos y en las normas que regulan el uso legítimo de la fuerza para proteger a la ciudadanía.
El abogado penalista José Elías Cárdenas Llerena explicó que el caso puede analizarse desde tres figuras jurídicas distintas: legítima defensa, defensa de terceros y uso legítimo de la fuerza.
Según detalló, la legítima defensa está contemplada en el artículo 33 del Código Orgánico Integral Penal y requiere la existencia de una agresión actual e ilegítima, una respuesta racionalmente necesaria y ausencia de provocación suficiente por parte de quien actúa.
Cárdenas indicó además que la defensa de terceros comparte los mismos criterios, aunque aplicada a la protección de otra persona frente a una amenaza.
Por su parte, el abogado penalista Lenin Guerra consideró que el caso debe evaluarse principalmente bajo la Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza, debido a la naturaleza del acto de servicio policial.
El especialista explicó que dicha normativa contempla como acto de servicio no solo las acciones realizadas durante la jornada laboral, sino también aquellas ejecutadas por policías fuera de servicio cuando cumplen funciones de protección constitucional.
Guerra sostuvo que la investigación de la Fiscalía deberá determinar si el arma utilizada por el agente era de dotación oficial o si contaba con autorización legal para portar otra arma de fuego.
Además, remarcó que será fundamental establecer el nivel de amenaza existente al momento del disparo. Según explicó, si el presunto delincuente apuntaba directamente con un arma al policía o a terceros, el uso letal podría tener justificación jurídica.
Cárdenas agregó que el análisis también deberá centrarse en tres principios básicos: legalidad, necesidad y proporcionalidad. En ese sentido, indicó que la Fiscalía tendrá que definir si existían otros medios para neutralizar la amenaza y si la reacción del agente fue acorde al riesgo concreto.
Los especialistas coincidieron en que las pericias balísticas, las trayectorias de los disparos y los videos de seguridad serán determinantes para esclarecer lo ocurrido y descartar un eventual exceso en el uso de la fuerza o una posible ejecución extrajudicial.
“El análisis debe concentrarse en la amenaza concreta que existía en el instante exacto del disparo”, sostuvo Cárdenas.
Mientras tanto, la investigación continúa bajo seguimiento de la Fiscalía ecuatoriana, en un contexto donde los episodios de violencia armada y la actuación policial permanecen bajo fuerte debate público en Ecuador.








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