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Nuevo marco legal para el entorno digital

Ecuador aprueba ley de ciberseguridad que obliga a escuelas y universidades a enseñar seguridad digital

La norma crea un sistema nacional de respuesta a incidentes informáticos y establece programas obligatorios de formación en protección de datos y ciberseguridad en todos los niveles educativos.

La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Ciberseguridad, una normativa que busca establecer un marco integral para la prevención, detección y respuesta frente a incidentes en el ciberespacio. Entre sus principales disposiciones, la ley obliga a escuelas, colegios y universidades a implementar programas de formación en seguridad digital, ciberseguridad y protección de datos personales.

El proyecto fue tramitado por la Comisión Especializada Permanente de Soberanía, Integración y Seguridad Integral, que presentó su informe para segundo debate el 30 de enero de 2026. Durante el proceso legislativo se unificaron iniciativas previas y se incorporaron aportes de entidades públicas, sector privado, academia y especialistas en derecho digital e informática.

En la discusión participaron instituciones como la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia de Protección de Datos Personales y la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. Los principales puntos de debate giraron en torno a la definición de infraestructura crítica digital, las obligaciones para el sector privado, la coordinación interinstitucional y el régimen de notificación de incidentes.

La ley dispone la creación y fortalecimiento de instancias de coordinación nacional para la gestión de incidentes informáticos, articulando al ente rector en transformación digital, los equipos de respuesta a incidentes (CSIRT) y los organismos vinculados a defensa y seguridad interna. El objetivo es superar la fragmentación institucional y consolidar una respuesta estratégica ante ataques que afecten servicios esenciales o datos sensibles.

Uno de los ejes centrales es el enfoque preventivo. La norma establece que las instituciones educativas incorporen contenidos sobre riesgos digitales, suplantación de identidad, protección de credenciales y uso seguro de plataformas electrónicas. Durante el debate se advirtió que muchos incidentes tienen origen en errores humanos o desconocimiento, por lo que la capacitación temprana es considerada clave para reducir vulnerabilidades frente a amenazas como ransomware y phishing.

El texto aprobado incorpora principios como neutralidad tecnológica, proporcionalidad y resiliencia, alineados con estándares internacionales como las normas ISO 27000 y el marco NIST. Además, fija la obligación de notificar incidentes de seguridad en plazos determinados para activar protocolos de respuesta temprana y evitar la propagación de ataques.

En el plano institucional, la ley delimita competencias entre el ente rector en transformación digital y los organismos de control sectoriales, con el fin de evitar superposiciones. También prevé la elaboración de un catálogo nacional de infraestructura crítica digital y la adopción de estándares mínimos de seguridad para entidades públicas y operadores estratégicos.

Finalmente, la normativa refuerza la cooperación internacional en línea con instrumentos como el Convenio de Budapest sobre ciberdelincuencia y promueve el intercambio regional y global de información sobre amenazas, en un contexto de creciente sofisticación de los ataques informáticos.

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